Libertad VCF en representación de más de 3.500 accionistas del Valencia C.F. se ha dirigido al Consejo de Administración del VALENCIA C.F, S.A.D en ejercicio del derecho de información que nos asiste, a fin de que se nos faciliten determinados documentos y se nos aclaren determinadas cuestiones en relación a la junta general de accionistas recientemente convocada. De esta forma se ha venido a solicitar:
1.- La totalidad de los documentos de préstamo y sus posteriores modificaciones en base a los cuales se pretende llevar a cabo una ampliación de capital por compensación de créditos en favor del accionista mayoritario de la entidad, MERITON HOLDINGS LIMITED.
2.- Cuantos documentos técnicos, contables o de cualquier otra índole en virtud de los cuales se haya llegado a la conclusión de establecer en CATORCE EUROS (14€), la prima de emisión proyectada para las ampliaciones de capital establecidas en el orden del día de la junta general convocada y ello de acuerdo con la literalidad de los informes del consejo de administración emitidos con ocasión de la convocatoria cursada. La citada información tiene mayor interés e importancia a la vista de las CCAA anuales formuladas por el consejo de administración de donde se deduce que la entidad está actualmente en causa de disolución.
3.- Se nos entregue copia de la “comunicación formal” realizada por MERITON HOLDINGS LIMITED al VALENCIA, C.F, S.A.D, a través de la cual, al parecer, dicha entidad renuncia al ejercicio de su derecho de suscripción preferente en relación con el punto 5 del orden del día de la junta de referencia según consta en el informe del consejo de administración de fecha 15 de Noviembre de 2.021 redactado al amparo del artículo 286 de la Ley de Sociedades de capital (vid apartado 3.4 punto 2 del referido informe).
4.- Se especifique si la renuncia al derecho de suscripción preferente que se dice comunicada por MERITON HOLDINGS LIMITED en relación al punto 5 del orden del día de la mencionada junta, va a suponer que las acciones no suscritas por tal socio mayoritario podrán ser suscritas, en su totalidad, por el resto de accionistas del VALENCIA, C.F, S.A.D determinando, en tal caso, la debida proporción en que deba llevarse a cabo la suscripción. Entendemos que la aclaración es sustancial a fin de verificar si existe la posibilidad de que la ampliación de capital sea suscrita en su integridad.
Además, como quiera que el derecho de suscripción preferente a ejercer por los accionistas de la sociedad – según se explica en el informe del consejo de administración-, establece una relación de 1 acción nueva por cada 1’409984 de las antiguas (apartado 3.4, punto 2 del informe del consejo de administración), es voluntad de nuestros agrupados conocer si:
a.- Los accionistas que titulen una única acción, podrán asumir la parte del capital correspondiente para conservar su participación en el accionariado de la compañía, circunstancia esta que, de no producirse -como parece deducirse de la equivalencia entre acciones propuesta- frustraría la pretendida finalidad de la ampliación, habida cuenta que no se permitiría a estos accionistas el mantenimiento de su actual porcentaje en el capital del club.
b.- Se especifique la aplicación práctica de la equivalencia entre acciones antiguas y acciones nuevas, por cuanto las acciones actuales están representadas por unidades y no por porciones de acciones, y existe la imposibilidad de suscribir partes o porciones de acciones.
Las aclaraciones e información solicitadas lo son sin perjuicio de la solicitud de aplazamiento de la junta recientemente interesada tanto ante el Consejo de Administración como en vía judicial habida cuenta la grave indefensión que se produce a esta parte.