– El vicepresidente segundo se ha reunido con la Plataforma de Afectados por las Ayudas a la Vivienda y ha comunicado que se ha pagado la deuda reconocida de 325.889.342 euros
– Tras la reunión, las y los representantes de la Plataforma han anunciado su disolución
El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, Rubén Martínez Dalmau, se ha reunido con representantes de la Plataforma de Afectados por Ayudas a la Vivienda para informarles que la Conselleria ha saldado la deuda adquirida por la Generalitat “de gobiernos anteriores a la llegada del Gobierno del Botànic, la deuda que correspondía a pagos de ayudas y subvenciones por compra de vivienda protegida y también al alquiler del periodo 2005-2012”, ha explicado.
El importe total reconocido de la deuda ascendía a 325.889.342 euros y se han tramitado 65. 684 expedientes y, entre 2020 y 2021, para saldar dicha deuda la Conselleria de Vivienda ha pagado 16.211.865 euros.
El vicepresidente ha explicado que, en la reunión mantenida en octubre del año pasado con representantes de la Plataforma de Afectados por Ayudas a la Vivienda, “me comprometí a saldar la deuda pendiente de ayudas a la vivienda de los gobiernos anteriores y así lo hemos cumplido”.
Martínez Dalmau ha asegurado que “estamos hablando de millones de euros y miles de personas afectadas”. “Ahora ya podemos afirmar que se ha hecho justicia con todas esas miles de personas, de familias, autónomos y comunidades de propietarios, todas ellas damnificadas por unas ayudas que se concedieron y que no se pagaron y, lo que es muy grave, estamos hablando de ayudas para la vivienda que se comprometieron sin estar presupuestadas”.
Asimismo, ha manifestado que “tras años paralizados a la espera de percibir las ayudas, ahora el segundo Gobierno del Botànic es quien por fin cierra el expediente de la deuda”. “Y quiero expresar mi reconocimiento a mi predecesora en la Conselleria, María José Salvador, quien dio un importante impulso para resolver la deuda”, ha señalado.
Además del vicepresidente, han participado en la reunión la secretaria autonómica de Arquitectura Bioclimática, Laura Soto, y el director general de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, Alberto Rubio, cuyo departamento ha sido el encargado de tramitar los expedientes y efectuar los pagos.
Asimismo, también ha asistido la que fuera consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio entre 2015 y 2019, María José Salvador.
Alberto Rubio ha señalado que “este es el resultado de un trabajo colectivo de enorme complejidad y hay que reconocer el sobreesfuerzo que ha supuesto para la Generalitat hacerse cargo con recursos propios de una deuda heredada y una carga de trabajo adicional para el funcionariado; por fin se puede saldar una injusticia alargada demasiado tiempo”.
Por su parte, el representante de la Plataforma de Afectados por Ayudas a la Vivienda, Manuel Pérez, ha anunciado la disolución de dicha plataforma.
Antecedentes: periodo de 2005 a 2012
La Generalitat otorgó en el periodo 2005 a 2012 determinadas ayudas y subvenciones para el acceso a la vivienda en los diferentes tipos y líneas en el marco de los Planes Estatales de Vivienda y Suelo para los periodos 2005-2008 y 2009-2012.
A partir de 2009, las subvenciones fueron disminuyendo debido a las restricciones presupuestarias de la propia Administración.
No obstante, desde el ejercicio 2007 hasta el 2013, ambos incluidos, es cuando la cuantía global de las subvenciones pagadas siempre fue inferior a la de las subvenciones otorgadas, lo que ocasionó una situación de insuficiencia presupuestaria que se tradujo, por una parte, en la existencia de una importante cantidad de ayudas sin pagar en cada ejercicio y, por otra, en un retraso de hasta seis años de la fecha de pago respecto al momento de la concesión.
El procedimiento seguido habitualmente en el otorgamiento de las ayudas a la vivienda vinculadas a los planes 2005-2008 y 2009-2012 fue el de concesión directa, aunque, a partir de la entrada en vigor de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, quedó establecido que el procedimiento general a seguir para la concesión de subvenciones debía ser el de concurrencia competitiva, considerándose la concesión directa como un procedimiento excepcional.
En aquel momento, la denominada Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente emitió durante los meses de noviembre y diciembre de 2011 diversos informes de fiscalización desfavorables a determinadas propuestas de pago promovidas desde la Dirección General de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda relativas a subvenciones a la rehabilitación de viviendas, a la adquisición y compra de viviendas, al alquiler, a la promoción de viviendas para arrendamiento así como a la ejecución de actuaciones en áreas de rehabilitación integral y urbanización de áreas de suelo.
Los informes desfavorables estaban motivados en el incumplimiento de determinados preceptos legales de aplicación que no se aplicaron en la concesión y tramitación de las ayudas, como son fundamentalmente la necesaria existencia de procedimientos de pública concurrencia en la concesión de las subvenciones y la indispensable consignación del crédito necesario para otorgarlas de forma previa a su concesión.
El incumplimiento de dichos preceptos impidió la fiscalización de las propuestas de pago, lo que interrumpió la normal contabilización de los importes otorgados y no fiscalizados durante un período que se extendió desde noviembre de 2011 hasta la segunda mitad del ejercicio 2014.
Posteriormente, se reconocieron todas las solicitudes legalmente otorgadas mediante una disposición adicional de la Ley de Puertos 2/2014 de 13 de junio y posteriormente por la Ley de Acompañamiento del año 2016. Ello permitió iniciar la regularización administrativa de los expedientes que durante años habían estado paralizados a la espera de percibir las ayudas.