– La ATV quiere facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias mediante una mayor información y asistencia
– En relación con el Impuesto sobre el Patrimonio, se vigilará a quienes hayan eludido su obligación de acuerdo con el valor de su patrimonio, situado tanto en territorio español como el extranjero
Valencia, 3 de marzo de 2021
El Plan de Control Tributario de la Agència Tributària Valenciana (ATV) para el ejercicio 2021, que publica el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), prevé reforzar el control sobre los cambios de domicilio ficticios que llevan a cabo algunos contribuyentes con el objetivo de tributar menos.
Asimismo, la ATV pretende continuar reforzando todas las actuaciones dirigidas a facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias mediante una mayor información y asistencia, al tiempo que continúa con las actuaciones de comprobación e inspección.
El Plan de Control Tributario tiene como objetivo la planificación coordinada anual de las tareas a desarrollar por todos los órganos de la ATV que llevan a cabo funciones de control del cumplimiento de las obligaciones tributarias.
En este sentido, establece los criterios sectoriales, cuantitativos, o de cualquier otra clase, para la selección de los obligados tributarios respecto de los cuales tengan que realizarse las actuaciones de control tributario que se inician durante el ejercicio 2021.
El Plan de Control Tributario prevé actuaciones respecto a los tributos cedidos por el Estado en los que éste comparte competencias inspectoras con la Generalitat, respecto a los tributos cedidos por el Estado en los que la Generalitat ha asumido competencias inspectoras, respecto a los tributos propios, así como respecto a aquellos tributos cedidos por el Estado respecto de los cuales la Generalitat no ostenta competencias en los ámbitos de gestión, liquidación, recaudación inspección y revisión
Tributos con competencias inspectoras compartidas
Así, en relación con el Impuesto sobre el Patrimonio, se vigilará la regularización de la situación tributaria de los sujetos que, estando obligados a presentar declaración por este impuesto, hayan eludido tal obligación de acuerdo con el valor declarado o calculado de su patrimonio, situado tanto en territorio español como el extranjero.
También se aumentará el control, en coordinación con la AEAT, de los contribuyentes desplazados de manera ficticia a otras comunidades autónomas con el objetivo de conseguir una menor tributación. La efectiva residencia en el territorio de una comunidad autónoma determinará el punto de conexión, y por tanto, la obligatoriedad de tributar en este territorio por el Impuesto sobre el Patrimonio, así como por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Con la información suministrada por otras administraciones, junto con actuaciones de control concretas, se intensificarán las actuaciones tendentes a la detección de posibles deslocalizaciones ficticias.
También se reforzará el control sobre las discrepancias entre el patrimonio declarado y el imputado, a través de la comprobación de los datos existentes, entre otros, en las bases de datos de la Generalitat y de la AEAT.
Asimismo, se comprobará la procedencia de la aplicación de las exenciones previstas para activos empresariales y profesionales y participaciones sociales.
Tributos y competencias de gestión y control
El Plan de Control también contempla las actuaciones sobre los tributos cedidos por el Estado respecto de los cuales la Generalitat ha asumido competencias en materia de gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión (Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) y Tributos sobre el Juego.
Respecto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se realizará un control de presentación de autoliquidaciones y declaraciones informativas, así como un control y seguimiento de los supuestos de prórroga y suspensión de los plazos de presentación del impuesto.
En el ámbito de las adquisiciones ‘mortis causa’, el Plan reforzará su control a las no declaradas y a las declaradas incorrectamente, mediante la integración de datos procedentes del IRPF y del Impuesto sobre el para detectar posibles omisiones de bienes y derechos.
En el ámbito de las donaciones y otras adquisiciones lucrativas ‘inter vivos’ se controlarán las no declaradas, a través de la revisión de la información contenida en las bases de datos a disposición de la ATV y a los índices notariales.
Dentro de esta línea de actuación, se verificará el adecuado cumplimiento de los requisitos exigidos para la aplicación de las reducciones establecidas para las transmisiones ‘inter vivos’.
Respecto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, las actuaciones de comprobación se centrarán en las transmisiones patrimoniales onerosas que no hayan sido declaradas. Serán objeto de atención prioritaria las adquisiciones de bienes inmuebles.
En los tributos sobre el Juego, las actuaciones girarán en torno a la comprobación de bases imponibles, así como el control del cumplimiento de las obligaciones de presentación relacionadas con la Tasa fiscal sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias y la Tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar.
Tributos propios y tributos en los que la Generalitat no tiene competencias
En el ámbito de tributos propios, el Plan de Control Tributario establece un control sobre las actividades que inciden en el medio ambiente con la comprobación de los sujetos que realizan la actividad incluida en el ámbito objetivo del impuesto, la comprobación de la concordancia de datos censales declarados con los pagos fraccionados realizados y las autoliquidaciones presentadas, entre otros.
Respecto al control tributario sobre tributos cedidos por el Estado respecto de los cuales la Generalitat no ostenta competencias en los ámbitos de gestión, liquidación, recaudación inspección y revisión, la actuación de la Generalitat se limitará a la cesión de información a la AEAT.