El Consell aprueba un decreto para movilizar viviendas vacías deshabitadas y favorecer el acceso de los valencianos

– Oltra: “La vivienda es un derecho básico de las personas; por eso, hay que impulsar medidas para fomentar el acceso a viviendas dignas”
– El objetivo principal es poner en el mercado aquellos inmuebles que están en manos de ‘grandes tenedores’

El Pleno del Consell ha aprobado el decreto para la movilización de viviendas vacías deshabitadas, con el que se pretende favorecer el acceso a la vivienda, entendido esta como un derecho vinculado al desarrollo de una vida digna.

En esta línea, la vicepresidenta y portavoz del Consell, Mónica Oltra, de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, ha señalado que el Consell entiende que la vivienda “es un derecho básico de las personas y no solo un bien de mercado. Por eso, hay que favorecer el acceso de las valencianas y los valencianos a viviendas dignas, especialmente cuando hay una gran cantidad de viviendas vacías”.

El decreto aprobado desarrolla la Ley 2/2017, de 3 de febrero para la Función Social de la Vivienda, que fue “la primera impulsada desde el Consell de Pacte del Botànic, y que prevé la intervención de las Administraciones públicas sobre viviendas deshabitadas y el fomento del alquiler de las viviendas vacías”, ha apuntado la vicepresidenta.

“El objetivo fundamental -ha explicado- es movilizar las viviendas vacías, centrándose, principalmente, en aquellas en manos de grandes tenedores y estableciendo las medidas de fomento para su movilización”.

También se incluye la creación del Registro de Viviendas Deshabitadas y la regulación de las sanciones ante el incumplimiento de la función social de la vivienda, “con la mirada puesta al movilizar todas las viviendas vacías de la Comunidad Valenciana”.

Novedades

Entre las novedades que aporta el decreto, se encuentra la regulación de la declaración de la vivienda deshabitada y la gestión del registro de los mismos, entendiéndose por deshabitada aquella que, siendo propiedad de un gran tenedor, sea declarado como tal mediante resolución administrativa para incumplir su función social.

En este punto, Oltra ha aclarado que gran tenedor es “la persona física o jurídica que tenga más de 10 vivienda y que ejerza actividad económica en el ámbito inmobiliario”.

De esta forma, el Registro de Viviendas Deshabitadas “constituirá un inventario informatizado de las viviendas deshabitadas de los grandes tenedores y suministrará información para realizar la planificación de las políticas públicas de vivienda”.

Otra novedad es la creación de la ‘Red Alquílame’, como herramienta de intermediación y fomento del alquiler de viviendas no habitadas; y el programa de alquiler solidario, como iniciativa para la rehabilitación de las estancias no habitadas, que serán cedidos en la Generalitat a fin de movilizarlas para dar cumplimiento a la función social de la vivienda.

Asimismo, se crea la ‘Bolsa Habita’, para la disposición de viviendas destinadas a satisfacer necesidades residenciales de las personas o unidades de convivencia en situación de emergencia residencial.